Esther Susin Carrasco. Abogada

Hoy es un hecho indiscutible y así lo muestran las estadísticas en diferentes países, no solo en Europa, sino a nivel mundial, que el número de parejas mixtas, (parejas que se forman de ciudadanos de diferentes países) va en aumento.

¿Qué pasa con los niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA), que no han alcanzado la mayoría de edad cuando sus padres se separan? ¿Qué criterios se deben adoptar para solicitar un cambio de residencia?

Además, la reubicación permanente surge en diferentes circunstancias. En los últimos años, las demandas interpuestas en los juzgados solicitando el cambio de residencia de un NNA permanentemente en el extranjero han surgido comúnmente en las siguientes circunstancias:

  • El solicitante tiene una nueva relación sentimental (ya sea matrimonio o pareja) y la nueva pareja vive en otra jurisdicción, o tiene un nuevo trabajo o mayor oportunidad profesional en otro país.
  • El solicitante desea regresar a su país natal para estar cerca de sus familiares y amigos.

En el Estado Español cada vez se presentan más demandas de reubicación de NNA. Al considerar si uno de los progenitores puede reubicar a los hijos, el Tribunal tiene en cuenta varios factores. En primer lugar, el Tribunal tiene en cuenta el interés superior del NNA y también la relación entre los hijos y el otro progenitor y el posible efecto en los NNA de cualquier cambio de circunstancias.

Desafortunadamente, no hay una lista de criterios que aborde este tema directamente, en cambio, el Tribunal Supremo ha emitido sentencias significativas porque los criterios dados en estas decisiones para autorizar un cambio de residencia se utilizan como guía en los tribunales inferiores, así como por los profesionales. El Tribunal Supremo en sus fallos ha dejado claro que, en primer lugar, la medida debe ser adoptada en interés superior de la infancia y adolescencia.

El Tribunal también considera los aspectos prácticos de la modificación, incluida la distancia que los NNA tendrían que soportar para viajar y cumplir con el régimen de estancia y comunicación con el otro progenitor, así como los gastos de viaje. Cuanto más lejos se mude el otro progenitor, más difícil puede ser para los NNA mantener una buena relación con el otro progenitor. El Tribunal tiene que equilibrar estos problemas con los deseos del progenitor que quiere trasladarse para (por ejemplo) acceder a una mejor oportunidad de trabajo o comenzar una nueva relación. El caso debe decidirse por referencia al interés superior del NNA, y en todo caso el solicitante de la modificación debe dejar claro que no se trata de una medida caprichosa o para apartar a la prole del otro progenitor.

1. PRINCIPIOS GENERALES

  • Los progenitores deben adoptar una decisión de tal importancia de común acuerdo.
  • Un progenitor unilateralmente no puede decidir sobre el cambio de residencia de su prole, necesita el consentimiento del otro progenitor, o bien una autorización judicial.
  • Cuando existe una sentencia en vigor acordando unas medidas definitivas y ambos progenitores ostentan el ejercicio de la potestad parental, el progenitor que desea reubicarse con la prole y modificar la sentencia en vigor debe solicitarlo al otro progenitor, y si éste no le autoriza deberá acudir a los tribunales y solicitar el permiso de reubicación al tribunal.
  • Es un delito que un progenitor modifique unilateralmente la residencia de un NNA sin el consentimiento apropiado.

En España, el concepto de interés superior del NNA se ha desarrollado en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y la adolescencia, este principio debe entenderse en el sentido de que “el mantenimiento de sus relaciones familiares “protegerán” la satisfacción de sus necesidades básicas, materiales, físicas y educativas, así como emocionales y afectivas “; Se ponderará el efecto irreversible del paso del tiempo en su desarrollo; “la necesidad de estabilidad de las soluciones adoptadas …” y  que “la medida adoptada en el mejor interés superior del NNA no establezca ni limite más derechos que los protegidos”.

Por otro lado, en nuestro país se debe tener en cuenta el procedimiento que se adoptará si se opta por un procedimiento de Jurisdicción voluntaria que trata el tema como un ejercicio de responsabilidad parental, o se debe ejercer en una demanda de modificación de medidas prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En algunos casos vemos que no todos los tribunales adoptan el mismo procedimiento. Algunos optan por el procedimiento de jurisdicción voluntaria, ya que es un problema que afecta la potestad parental de los progenitores. Sin embargo, hay un número considerable de tribunales que consideran más apropiado optar por un procedimiento de modificación de medidas, ya que permite modificar otras cuestiones relacionadas con la mudanza, como la modificación de la pensión de alimentos, el régimen de estancia y comunicación y adecuarlo a la nueva situación originada con el cambio.